Pablo fue despedido injustamente de su trabajo tras adoptar una postura sindical y reclamar sus derechos. La Justicia, confirmó que se trató de un despido discriminatorio y le otorgó una indemnización por despido y otra especial por haber sido discriminado.
En un proceso judicial que pone en el centro de la discusión la discriminación en el ámbito del trabajo, la Justicia dictó sentencia en dos instancias, revelando una compleja dinámica de conflictos y argumentos legales.
El caso tuvo su primer resolución en el juzgado laboral de primera instancia 15, donde el trabajador, Pablo, denunció haber sido víctima de discriminación tras haber sido despedido por distintas causales falsas que en realidad “tapaban” una discriminación.
Así, alegó que esta decisión estaba basada en motivos relacionados con su condición personal y política, por lo que el verdadero motivo del despido no era ningún incumplimiento de los que manifestó la empresa sino el hecho que él había adoptado una postura de reclamo de sus derechos contra la escuela, es decir, “una postura sindical”.
No obstante el fallo de primera instancia concluyó que a Pablo le correspondía percibir una indemnización por despido, ya que la empresa no pudo acreditar ninguna de las causales que le imputaron para despedirlo, el juez entendió que no existían pruebas suficientes para sostener que ese despido hubiera sido “discriminatorio”. Para llegar a esta conclusión, el juez interpretó que la empresa había actuado dentro del marco legal, porque entre todas las causales falsas dijo que el despido era por “motivos de reestructuración organizacional”. La resolución definitiva: La Intervención de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Disconforme con el fallo, porque no había ninguna “reestructuración” sino por el contrario, le habían imputado causas falsas para despedirlo, Pablo apeló la sentencia, llevando el caso ante la Cámara de Apelaciones del Trabajo. Este tribunal analizó nuevamente los hechos y las pruebas aportadas, otorgando un enfoque más detallado a las alegaciones de discriminación, y así resolvió en favor de Pablo revocando el fallo de primera instancia y concediendo además de una indemnización por despido, otra por el trato discriminatorio.
Para esto la Cámara argumentó que existían indicios suficientes para presumir que la desvinculación había sido motivada por prejuicios relacionados con la condición de Pablo. Destacó que la empleadora no acreditó ninguna de las causales que le imputó al trabajador en el telegrama de despido, y comparando esta situación con la denuncia de discriminación, concluyó que al no haber ninguna razón para despedir al trabajador, haberlo hecho justo después de los reclamos que había hecho, esto constituía un indicio fuerte de que el despido tuvo causa en esa razón, es decir, la postura de reclamo. No es lo mismo despedir a un trabajador sin causa, que hacerlo por una causa discriminatoria, y menos cuando la empresa alega causales falsas.
En este caso, el trabajador había reclamado varios incumplimientos llegando a audiencias en el ministerio de trabajo con otros compañeros, y casualmente, pocos días después de la última audiencia recibió el telegrama de despido donde lo acusaban de hechos que no había cometido, como faltas de respeto a superiores y ausencias injustificadas que no eran ciertas. La sentencia de la Cámara no solo ordenó la indemnización del trabajador por despido y daño moral por la discriminación que sufrió, sino que también reafirmó la importancia de garantizar un entorno laboral libre de discriminación, haciendo un llamado a las empresas a actuar con responsabilidad social y a cumplir con los principios de igualdad establecidos en las normativas laborales.
Un precedente Importante: Este caso subraya la importancia de los mecanismos judiciales para proteger a los trabajadores frente a situaciones de discriminación.
Además, establece un precedente valioso en materia de prueba en este tipo de controversias, reafirmando que los tribunales tienen el deber de aplicar un enfoque proactivo en la defensa de los derechos fundamentales. En última instancia, el caso destaca la necesidad de promover políticas inclusivas en las empresas, recordando que la igualdad y la no discriminación son pilares esenciales para construir un ambiente laboral justo y respetuoso.
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